1. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA COPIA, DISTRIBUCIÓN Y MODIFICACIÓN

  1. Esta licencia se aplica a cualquier programa u otra obra que contenga un aviso puesto por el titular de los derechos de autor en el que se establezca que el mismo puede ser distribuido bajo los términos de esta Licencia Pública General. El Programa se refiere a cualquier programa u obra, y Obra basada en el Programa se refiere por su parte, a, ya sea al Programa mismo a cualquier obra derivada del mismo según la ley de Derechos de Autor; esto es, una obra que contenga el Programa o una porción del mismo, ya sea que esta porción sea exactamente igual o modificada y/o traducida a otro idioma. (En adelante, una traducción se considerará de manera enunciativa, mas no limitativa, como una modificación.)

    Actividades distintas de copiar o distribuir no son abarcadas por esta licencia; están fuera de su alcance. El acto de correr el Programa no está restringido, y el producto que resulte del Programa está protegido sólo si su contenido constituye una obra basada en el Programa (independientemente de haber sido creado por el Programa que corre.) El que esto ocurra de esa manera depende de lo que el Programa haga.

  2. Está permitido copiar y distribuir por cualquier medio copias fieles del código fuente del Programa tal y como fue recibido, siempre y cuando se publique en cada copia, de manera conspicua y apropiada, el aviso apropiado de derechos de autor y la renuncia a responder por la garantía correspondiente al Programa, se mantengan intactos los avisos referentes a esta licencia y a la respectiva ausencia de cualquier garantía; y se entregue a los receptores del Programa una copia de esta licencia.

    Exigir una remuneración por el acto físico de transferir una copia está permitido; asimismo, también está permitido ofrecer una garantía a cambio de una contraprestación.

  3. Está permitido modificar la copia o copias del Programa o cualquier parte del mismo, creando de esta forma, una Obra basada en el Programa. Asimismo, está permitido copiar y distribuir las modificaciones antes mencionadas o la obra misma bajo los términos de la Sección 1 mencionada anteriormente, y siempre y cuando se cumplan de igual manera las condiciones siguientes:

    1. Colocación de avisos, en la obra misma y por parte de quien realiza las modificaciones, en los que se informe que los archivos fueron modificados y la fecha de esas modificaciones.

    2. Otorgamiento de una licencia bajo los términos establecidos en esta Licencia Pública General que abarque la obra en su totalidad y sin cargo a terceras personas para el caso en el que se distribuya o publique una obra que contenga todo o parte del Programa o que constituya una obra derivada del mismo.

    3. Si el programa modificado normalmente lee comandos de manera interactiva cuando corre, cuando empiece a correr con dicho propósito interactivo, es necesario que aparezca un aviso que incluya la leyenda de derechos de autor correspondiente, así como la ausencia de responsabilidad por la garantía. Asimismo, dicho aviso deberá establecer que los usuarios de dicho programa tienen autorización para redistribuirlo bajo las mismas condiciones en las que les fue distribuido y les deberá informar cómo podrán tener acceso a una copia de esta licencia. (La excepción a esta condición tiene lugar cuando se trata de una Obra basada en un Programa que es en sí mismo interactivo, pero no envía normalmente un aviso.)

    Las condiciones antes mencionadas se aplican a las obras modificadas como un todo. En el caso en el que las secciones de dicha obra que no se deriven del Programa sean identificables y razonablemente independientes y puedan separarse entre ellas, esta licencia y sus términos no se aplicarán a dichas secciones cuando éstas sean distribuidas como obras separadas. Sin embargo, cuando esas mismas secciones se distribuyan como parte de la Obra basada en el Programa, dicha distribución deberá hacerse de acuerdo a los términos de esta licencia, cuyas autorizaciones para otros licenciatarios tendrán los mismos alcances, sin importar qué parte creó quién.

    Por medio de esta sección no se pretende exigir derechos o impugnar los derechos originados de una obra creada en su totalidad por otra persona, sino más bien se tiene como finalidad ejercer el derecho de controlar la distribución de obras derivadas o colectivas basadas en el Programa.

    Asimismo, la sola inclusión de otra obra que no se base en el Programa aunada al Programa (o a una Obra basada en el Programa) dentro de un medio de almacenamiento o distribución no provoca que dicha obra deba regirse por esta licencia.

  4. Copiar y distribuir el Programa (o una Obra basada en el Programa de acuerdo a la sección 2), bajo los términos de las secciones 1 y 2 mencionadas anteriormente, ya sea en código objeto o en su forma ejecutable está permitido, siempre y cuando dicho Programa se acompañe también por cualquiera de los siguientes:

    1. El código fuente respectivo completo y leíble por una máquina, el cual debe ser distribuido bajo los términos establecidos en las secciones 1 y 2 mencionadas anteriormente y a través de un medio normalmente usado para el intercambio de software;

    2. Una oferta por escrito y con una validez mínima de tres años, de proporcionar a cualquier tercera persona, por una cuota que no exceda el costo del acto físico de distribuir, bajo los términos de las secciones 1 y 2 antes mencionadas; y a través de un medio normalmente usado para el intercambio de software; una copia del respectivo código fuente completo y leíble por una máquina; o,

    3. Toda la información recibida respecto a la oferta de distribución del código fuente correspondiente. (Esta alternativa está permitida únicamente para distribuciones no comerciales y siempre y cuando el Programa se haya recibido en código objeto o en forma ejecutable junto con esta oferta de acuerdo a la subsección b antes mencionada.)

    El código fuente de una obra se refiere a la forma preferida para hacerle modificaciones. En una obra ejecutable, el código fuente completo se refiere a todo el código fuente de todos los módulos que contiene, además de cualquier archivo de definición de interfaz asociado y de los scripts utilizados para controlar la compilación e instalación del ejecutable. Sin embargo, como una excepción especial, el código fuente distribuido no debe incluir cualquier cosa que sea normalmente distribuida (ya sea en forma de binarios o de código fuente) con los principales componentes del sistema operativo (como compilador, kernel, etc.) sobre el cual el ejecutable corre, a menos que el mismo componente acompañe al ejecutable.

    Si la distribución del ejecutable o del código objeto se lleva a cabo mediante el ofrecimiento de acceso a una copia en un lugar designado, el ofrecimiento de acceso al código fuente en el mismo lugar equivale a la distribución de dicho código fuente, aun cuando terceras personas no estén obligadas a copiar el código fuente junto con el código objeto.

  5. El Programa no puede copiarse, modificarse, sublicenciarse ni distribuirse a menos que se haga bajo los términos y condiciones de esta licencia. Cualquier intento por hacer lo anterior de otra forma, será nulo y extinguirá automáticamente los derechos surgidos de esta licencia. Sin embargo, las licencias de las personas que hayan recibido copias o derechos bajo esta licencia, seguirán vigentes mientras dichas personas cumplan con sus obligaciones.

  6. Mientras no se firme la presente licencia no existe obligación de aceptarla. Sin embargo, no existe autorización, y por lo tanto está legalmente prohibido, modificar o distribuir el Programa o una Obra basada en el Programa a menos que se acepten los términos y condiciones de la presente licencia. Por lo anterior, del acto de modificar o distribuir el Programa o una Obra basada en el Programa se presume la aceptación de los términos y condiciones de la presente licencia para copiar, distribuir o modificar dicho Programa u Obra basada en el Programa.

  7. Cada vez que se distribuya el Programa (o cualquier Obra basada en el Programa), quien recibe la copia del mismo recibe también, de manera automática una licencia de parte del licenciante original para copiar, distribuir o modificar el Programa bajo los términos y condiciones de esta licencia. No podrán imponerse más restricciones al ejercicio de los derechos del licenciatario que los establecidos en esta licencia. Quien distribuye el Programa no es responsable por el cumplimiento de la presente licencia por parte de terceras personas.

  8. En el caso en el que como consecuencia de orden judicial o de las pretensiones demandadas por violación a una patente o por cualquier otra razón (de manera enunciativa, mas no limitativa) se imponen condiciones (ya sea por orden judicial, contrato o por otro medio) que se contradicen con las condiciones de esta licencia, estas últimas no se eximen de su cumplimiento. Como consecuencia de la imposibilidad de cumplir con ambas obligaciones mencionadas, el Programa no podrá distribuirse. Por ejemplo, si una licencia de una patente prohíbe la redistribución gratuita del Programa por parte de quienes reciben copias del mismo de manera directa o indirecta, entonces la única forma de cumplir con ambas licencias, ésta y la de la patente, será abstenerse de distribuir el Programa.

    En el caso en el que cualquier parte de esta sección sea declarada inválida o inexigible bajo cualquier circunstancia particular, el resto de la misma continuará surtiendo sus efectos para esa circunstancia, al igual que la sección en su totalidad para las demás circunstancias.

    El propósito de esta sección no es inducir a la violación de patentes o del ejercicio de otros derechos intelectuales, como tampoco impugnar la validez de tales demandas por incumplimiento, sino mas bien, pretende proteger la integridad del sistema de distribución del Software Libre, el cual consiste en la práctica y uso de licencias públicas. Mucha gente ha hecho generosas contribuciones a paquetes de software distribuidos bajo este sistema confiando en la aplicación de dicho sistema; y es decisión del autor/donante distribuir el software a través de cualquier otro sistema sin que un licenciatario pueda interferir en esa decisión.

    Esta sección pretende aclarar todo aquello que se considera consecuencia del resto de esta licencia.

    En el caso en el que la distribución y/o uso del Programa esté restringida en ciertos países, ya sea por patentes o interfases protegidas por el sistema de propiedad intelectual, el titular original de los derechos de autor del Programa que lo sujeta a esta licencia tiene la facultad de agregar una limitación de tipo geográfico a la distribución, por virtud de la cual se excluya a dichos países; de manera que la distribución del mismo se permita únicamente en los países no excluidos. En este caso, dicha limitación se tiene como parte integrante de esta licencia.

  9. Es facultad de la Free Software Foundation publicar, en cualquier momento, tanto versiones revisadas como versiones de reciente creación, de la Licencia Pública General. Las versiones nuevas pueden diferir en detalles a fin de afrontar y resolver nuevos problemas o preocupaciones, pero conservando siempre el espíritu de la presente versión.

    Cada versión tendrá asignado un número. En el caso en el que el Programa especifique un número de versión de esta licencia para su aplicación y además, incluya la frase y cualquier versión posterior, el licenciatario podrá sujetarse, a su elección, a los términos y condiciones de la versión expresamente mencionada o de cualquiera de las versiones posteriores de la misma publicadas por la Free Software Foundation. Por otro lado, en el caso en el que el programa no especifique un número de versión de licencia, el licenciatario podrá elegir cualquier versión que haya sido publicada por la Free Software Foundation.

  10. En el caso en el que se deseen incorporar partes del Programa a otros paquetes de Software Libre cuyas condiciones de distribución difieran a estas, es necesario solicitar permiso por escrito al autor. Cuando se trate de software cuyo titular de los de los derechos de autor correspondientes sea la Free Software Foundation, la solicitud de permiso deberá dirigirse a ésta última, quien en algunas ocasiones hace excepciones como esta. La decisión emitida por la Free Software Foundation se basará tomando en cuenta la finalidad de preservar el estatus libre de todos los derivados del Software Libre y de promocionar que se comparta y se reutilice el software en general.

  11. EXCLUSIÓN DE GARANTÍA

    COMO CONSECUENCIA DE QUE EL PROGRAMA SE LICENCIE COMO GRATUITO, EN LA MEDIDA EN QUE LA LEY APLICABLE LO PERMITA, NO EXISTIRÁ GARANTÍA ALGUNA POR LA QUE SE DEBA RESPONDER. SALVO DISPOSICIÓN ESCRITA EN CONTRARIO, LOS TITULARES DE LOS DERECHOS DE AUTOR RESPECTIVOS Y/U OTRAS PARTES PONEN A DISPOSICIÓN EL PROGRAMA SIN GARANTÍA DE NINGÚN TIPO, EXPRESA O IMPLÍCITA, INCLUYENDO DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE TIPO COMERCIAL U OTRAS INHERENTES A ALGÚN PROPÓSITO ESPECÍFICO. EL RIESGO DE QUE EL PROGRAMA ESTÉ EN PERFECTAS CONDICIONES Y FUNCIONE TAL Y COMO DEBE FUNCIONAR CORRE POR CUENTA DE QUIEN LO RECIBE, AL IGUAL QUE LOS GASTOS NECESARIOS PARA SU SERVICIO, REPARACIÓN O CORRECCIÓN EN EL DADO CASO EN EL QUE DICHO PROGRAMA CONTENGA DEFECTOS.

  12. A MENOS QUE ASÍ LO DISPONGA LA LEY APLICABLE O EXISTA ACUERDO ESCRITO EN CONTRARIO, NINGÚN TITULAR DE LOS DERECHOS DE AUTOR O PERSONA FACULTADA, SEGÚN LAS SECCIONES ANTERIORES DE LA PRESENTE, PARA MODIFICAR Y/O DISTRIBUIR EL PROGRAMA SERÁ RESPONSABLE POR LOS DAÑOS YA SEAN GENERALES, ESPECIALES, INCIDENTALES O CONSECUENCIALES RESULTADO DEL USO O INCAPACIDAD DE USO DEL PROGRAMA (INCLUYENDO DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA LA PÉRDIDA DE INFORMACIÓN, INEXACTITUD EN LA INFORMACIÓN, PÉRDIDAS SUFRIDAS POR EL USUARIO DEL PROGRAMA O POR TERCERAS PERSONAS O LA INCAPACIDAD DEL PROGRAMA PARA OPERAR CON OTROS PROGRAMAS), AUN CUANDO DICHO TITULAR O CUALQUIER OTRA PERSONA HAYA ADVERTIDO DICHA POSIBILIDAD DE DAÑO.

FIN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES